FUNDACIÓN SARABASTALL es una entidad acogida al régimen fiscal especial de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre. Por eso, al hacerte socio o realizar un donativo puntual, puedes tener una deducción fiscal en la declaración de la renta de hasta un 80%:
Personas Físicas (IRPF) | Porcentaje de deducción |
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Primeros 150€ | 80% |
Resto | 35% |
Donaciones plurianuales (a la misma entidad durante al menos 3 años) > 150€ * | 40% |
Límite deducción base liquidable | 10% |
*Por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior.
Personas Jurídicas (IS) | Porcentaje de deducción |
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Donaciones en general | 35% |
Donaciones plurianuales (a la misma entidad durante al menos 3 años)* | 40% |
Límite deducción base liquidable | 10% |
*Por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior.
- Si eres persona física o jurídica no residente en España y obtienes rentas en nuestro país, tienes también un beneficio fiscal por el importe de tus donativos. Puedes consultarlo en www.agenciatributaria.es
- Si resides en una comunidad autónoma sujeta a un régimen foral particular o que ha establecido deducciones adicionales por donaciones a ONG, las deducciones aplicables pueden ser diferentes.
Para que podamos informar a la Agencia Tributaria del importe de tus cuotas y donativos es imprescindible que nos hayas facilitado tu DNI o NIF y domicilio.